Registro ante la Comisión para realizar la actividad de ajustadores de seguros relacionados con contratos de adhesión a que se refiere el artículo 111 de la LISF (en adelante, “Ajustador de Seguros”), tendrá una vigencia de tres años y se emitirá a solicitud del interesado, de la persona moral para la cual el interesado preste sus servicios, o de una Institución de Seguros o Sociedad Mutualista para la que preste sus servicios en forma independiente sin relación de trabajo con la misma a través de contratos mercantiles o del establecimiento de relaciones de trabajo en los términos que dicta el artículo 20 de la Ley Federal del Trabajo.

El registro para Ajustadores se otorgará en las siguientes categorías:
- Tipo AJ-I: Automóviles
- Tipo AJ-II: Agrícola y Semoviente
- Tipo AJ-III: Transportes de Carga
- Tipo AJ-IV: Aviación y Buques
- Tipo AJ-V: Otros Riesgos de Daños, que incluye:
- Incendio, Catastróficos y Aliadas
- Responsabilidad Civil
- Diversos Ramos Técnicos
- Otros riesgos de daños no incluidos en las categorías AJ-I a AJ-IV


Trabajamos en conjunto con otras asociaciones como AMIS, manteniendo informadas a las compañías aseguradoras sobre el status de nuestros socios, como lo es tu registro ante la CNSF y tu acreditación de conocimientos a través del programa DISID (antes PAASD) impartido por instructores del IMESFAC, sumando posibilidades a nuevas contrataciones.
Con la finalidad de concretar un certificado para acreditar la actividad de ajuste en México con validez oficial, AMASAC trabaja en estrecha colaboración con CONOCER (Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales, organismo paraestatal dependiente de la SEP) para cumplir con los requisitos y completar el proceso de validación del estándar de competencias EC1489, denominado ‘Gestión de servicios de atención al siniestro’. Este estándar fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de octubre de 2022.